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Ley 1183 de 2008 sobre la posesión regular y su inscripción como acto registrable. Presupuestos legales se deben cumplir para ello. Diferencia existente con la posesión material.

Presupuestos legales (Ley 1183 de 2008 Art 2)

Solicitud (Art 5 y Art 6)

Inscripción (Art 7 y Art 8)

1. Estar en posesión del bien de forma continua y exclusiva sin violencia ni clandestinidad por un año o más.
2. Acreditar que no se encuentra pendiente ningún proceso en el que se discuta el dominio o posesión del bien al momento de presentar la solicitud.
El hecho que existan inscripciones anteriores sobre el mismo inmueble no es obstáculo para la inscripción de la posesión.

El interesado deberá presentar la solicitud ante el notario con el fin de otorgar escritura pública que acredite la posesión. La solicitud deberá contener:
1. La identificación del solicitante, y de su cónyuge o compañero permanente, domicilio, estado civil y condición en la que actúa.
2. La identificación del inmueble, nomenclatura, certificación y planos catastrales, linderos y cabida.
3. La declaración jurada en la que el solicitante afirme que no existen procesos pendientes sobre la propiedad o posesión del inmueble iniciados con anterioridad a la fecha de la solicitud.
4. La certificación y planos catastrales del inmueble con indicación de su localización, cabida y linderos.
5. Los recibos de pago de los impuestos, contribuciones y valorizaciones causados por el inmueble y pagados por el solicitante y con una antigüedad de por lo menos un año.
6. Las declaraciones y pruebas que a juicio del solicitante le permitan demostrar que ha ejercido posesión regular de forma pública, continua y pacífica sobre el inmueble durante el año anterior a la fecha de la solicitud.

Una vez autorizada la solicitud, la escritura pública deberá ser inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo donde se encuentre ubicado el inmueble.
La inscripción en el folio de matrícula del inmueble será bajo el código de “Inscripción de declaratoria de posesión regular”.

Diferencias entre la posesión material y la posesión regular: Difieren en que la segunda está registrada por un procedimiento en la matricula inmobiliaria. Lo que le da un mayor grado de solemnidad y tendrá preferencia sobre la posesión material. Al estar sometida un proceso la posesión regular asegura que no exista clandestinidad ni violencia en la tenencia del bien. Y con la posesión regular se puede iniciar el proceso para la prescripción ordinaria.

Realizado por:

Manuel Garcia

Laura Bonilla

Beyer Lopez

Camila Murcia

Paula A. Zapata

Ana Castro

NOTI-BIENES

Viernes 17 de mayo del 2013

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